09 junio 2011

Recorte 3

Con un titulo que desinforma, Perfil publicó un articulo en su web donde señala que las muestras de ADN de Felipe y Marcela "podrán ser comparadas con todos los de los desaparecidos", tras una "rectificación" del Tribunal que decidió limitarlo. Falso.
En el artículo señala que la Cámara de Casación Penal "rectificó y aclaró la polémica medida judicial que limitaba las fechas para que sean comparados los perfiles genéticos de los hijos de la dueña de Clarín con los de los familiares de desaparecidos", al señalar que decidieron "'reformar el alcance de la decisión recurrida' ya que no son del todo 'ciertas' las fechas de nacimiento de Marcela y Felipe".

"La criticada medida -dice la nota- limitaba la comparación de los perfiles de ADN que se obtendrán de las muestras de Marcela y Felipe Noble Herrera. El fallo excluía de la comparación los perfiles genéticos de familiares de desaparecidas después del 13 de mayo de 1976 en el caso de Marcela".

En tanto, el abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, Alan Iud, salió a explicar cuál fue la rectificación del Tribunal y por ende a desmentir la información que publico el sitio web. "Ojala fuera cierta (por la nota)" sostuvo al aclarar que "lo que Casacion rectificó fue en primer lugar una discordancia en sus votos de dos jueces que expresaban según ellos una misma idea pero de modo distinto y dijeron que habían querido decir lo mismo y entonces aclararon cual era el universo de familias que se comprendía".

"Y el otro punto -continuó- que es para destacar porque el primero no hace gran diferencia, es que este límite temporal se podría flexibilizar en caso de que se pusiera en duda la fecha de inicio de los expedientes de guarda de Marcela y Felipe, esto lo que hace es abrir un horizonte un poco mejor que el de la primera resolución pero sigue siendo cuestionable por el apartamiento de la Ley de Banco Genético que ordena el contraste debe ser con todas las muestras, y esta limitación sigue latente".

En consecuencia, Iud sostuvo que la información concreta que se desprense de la rectidicación judicial es "una aclaración insuficiente de la Cámara de Casación que persiste en la ilegalidad de la resolución" que limita los contrasetes de los ADN. (ver fuente)